El período de acreditación de los contribuyentes ICMS en el domicilio del impuesto electrónico (DT-e), utilizando el certificado digital, comienza este miércoles, 1 de noviembre. La Secretaría de estado de ingresos Publicada en el diario electrónico oficial de la Secretaría de estado de ingresos (DOE-SER), mediante Ordenanza, el calendario para que los contribuyentes realicen la acreditación en DT-E.
El calendario de los contribuyentes ICMS está dividido por el régimen de cálculo. El período comienza por los contribuyentes del régimen normal. En el período comprendido entre el 1 y el 30 de noviembre, pueden realizar su acreditación en el portal de la Secretaría de estado de ingresos (servirtual) en la dirección http://www.Receita.PB.gov.br.
Ver el tipo de contribuyente y el período del contribuyente en el cuadro siguiente para la acreditación:
Tipo de contribuyente |
Período de acreditación |
Normal |
1/11/2017 a 30/11/2017 |
Persona gravable para la sustitución de impuestos |
1/12/2017 a 29/12/2017 |
Nacional simple |
2/01/2018 a 29/03/2018 |
Retardatarian colaboradores |
2/04/2018 a 30/04/2018 |
La acreditación de la entidad legal en DT-E será llevada a cabo por su socio gerente o por su representante legal, en el formulario de inscripción del registro de contribuyentes ICMS.
Acreditación obligatoria-la acreditación en DT-E es obligatoria para los contribuyentes de ICMS y será un requisito para la aprobación de cualquier tipo de cuotas o beneficios tributarios.
El Secretario de estado de ingresos, Marconi Marques Frazão, afirmó que "DT-e estará cubierto con todos los mecanismos de seguridad para preservar la confidencialidad, la autenticidad y la integridad de la comunicación", señaló.
Canal principal de comunicación-el domicilio fiscal electrónico será el principal canal de comunicación entre el fisco y el contribuyente ICMS. DT-E scientifyrá más rápidamente y directamente a los contribuyentes y a sus abogados de actos administrativos oficiales, tales como: notificaciones, citaciones y avisos en general. El contribuyente puede registrar hasta tres correos electrónicos para recibir los mensajes que alertan sobre nuevas comunicaciones en su DT-e y autorizar por medio de proxy electrónico hasta tres personas para tener acceso a su DT-E.