Muchos consumidores no pagan la deuda por creer que después de cinco años dejará de existir en la base de datos del registro nacional de deudores. Así, el comercio de Campina Grande, que ya sufre de los altos impuestos cobrados por el gobierno del estado y con la competencia del comercio electrónico, deja de ganar millones de reales.
UNA encuesta llevada a cabo por la casa de tenderos – CDL Campina grande encontró que actualmente 25. 558 campinenses están registrados en el servicio de protección de crédito-SPC Brasil-porque dejan de cumplir con el pago de alguna compra. En conjunto, estos consumidores deben más de 20 millones reales a las empresas que trabajan en la ciudad. Según el cálculo, el billete medio de las deudas de consumo corresponde a R $1.032,06.
Las deudas prescritas ya corresponden a figuras millonarias
Otro hallazgo que suscita preocupación es que en los últimos seis meses las deudas de 3.185 consumidores sólo se prescribieron en Campina Grande, lo que representa la pérdida de R $1. 665.223 en campinense reTail.
Según el Presidente de CDL, Artur pellet, los números causan preocupación por la venta al por menor. "Cuando el sector no factura con las ventas efectuadas porque el consumidor no se honra con el pago es el empresario que sentirá el peso de esta deuda, ya que incluso sin recibirlo tendrá que pagar al proveedor y llevar el pago de los salarios de sus empleados" . Destacó.
La preocupación del tendero no es por casualidad. El número de empresas delincuentes ya supera el 3000 y el valor de las deudas añadidas alcanza excede el R $7 millones (como declaración). "Esta realidad también contribuyó al número de empresas cerradas que aumentaron un 12% en los últimos años, en Campina Grande, según la Secretaría de micro y pequeña empresa", dijo.
¿Es cierto que la deuda prescribe después de cinco años?
Según el código civil, el nombre de una persona sólo puede ser por un máximo de 5 años en el registro de morosidad. Este límite es para cada una de las deudas contraídas y no pagadas. Pero eso no significa que la deuda deje de existir. Si el acreedor acusa judicialmente la deuda, ella nunca le recetará. La deuda sólo prescribe si no se cobra.