La obligación del CPF sobre NFC-E en la compra por encima de R $500 en vigor en Paraíba

Desde el 1 de enero, la Ordenanza publicada el 26 de abril de 2017, entró en vigor en la revista electrónica oficial de los ingresos del estado, lo que conlleva la obligación de emitir la factura electrónica de consumo (NFC-e) de la identificación del destinatario tanto del CPF , en el caso de una persona, o del CNPJ, si es una entidad legal, en la compra igual o superior a R $500, en los establecimientos comerciales de Paraíba.

El requerimiento de la CPF obligatoria en la NFC-E se pospuso durante ocho meses, después de la solicitud de las entidades de clase y empresarios de sectores minoristas, para realizar ajustes al sistema, para llevar a cabo la formación con los operadores de cajeros y también de la naturaleza Pedagógi

ca a los consumidores. Sin embargo, la fecha límite inicial, de acuerdo con el plazo establecido por la Ordenanza 23 de la revista electrónica oficial de ingresos del estado el 21 de enero de 2017, fue el 2 de mayo de 2017, pero en vista de la aceptación de las reclamaciones del sector la inclusión de la CPF del comprador en NFC-E era solamente opcional y sin penas para los establecimientos en los logros de Paraíba a los ajustes necesarios sobre och

o meses de 2017. " Este aplazamiento para el período obligatorio de ocho meses fue suficiente para que los establecimientos comerciales realizaran una campaña educativa de carácter pedagógico, generando así el hábito entre los operadores de cajeros para solicitar el registro de la CPF en Factura electrónica al consumidor como cliente en compras por encima de R $500 ", explicó el Secretario de estado de ingresos, Marconi Marques Fra

zão. iniciativa propia-algunas redes de farmacias, supermercados, grandes almacenes en Paraíba, para Propia iniciativa, ya se practica el requisito de registrar el CPF en la NFC-E de los clientes en compras por encima del valor determinado por la nueva ordenanza (R $500) desde el año pasado, mientras que otras empresas minoristas ya adoptan el requerimiento de la CPF en NFC-e incluso en compras de Menor que la ordenanza, aunque el registro del documento no es obligatorio. I

mportancia de la CPF-la Secretaría de estado de ingresos destaca la importancia de registrar el CPF en NFC-E para los consumidores. Además de asegurar la recuperación del documento fiscal en caso de pérdidas y borraduras, la inclusión del CPF garantiza la identificación del consumidor para probar la compra, si el producto tiene defectos o adicciones del origen, estimulando así el ejercicio de Ciudadanía fiscal. El

CPF en NFC-E también traerá más seguridad, transparencia y control tributario en las compras. Los ingresos del estado también aclaran que para el comercio minorista, la inclusión del CPF no influirá en el pago del impuesto ICMS, porque los impuestos serán los mismos con o sin la CPF en la NFC-E. la le

gislación proporciona valores a los Estados – la legislación federal permite que cada El estado tiene autonomía para establecer el valor mínimo para ingresar al CPF en la NFC-E. Otras unidades de la Federación ya han reducido el valor de la factura electrónica con un requerimiento de CPF, por ejemplo, Ceará (R $200,00), Bahia (R $400,00) y Alagoas (R $500,00). La legislación que fundamenta la Ordenanza es el Decreto Nº 37.216/2017 y el ajuste sinief (sistema nacional de información económica y tributaria) 19/2

016. sanciones para establecimientos – se ha estipulado una nueva multa en caso de incumplimiento de la exigencia del CPF o CNPJ En el caso de compras iguales o superiores a R $500 en Paraíba. El valor será de un UFR-PB por documento tributario electrónico emitido, limitado a diez UFR-PB por mes, tanto a establecimientos que no incluyan el CPF en NFC-E como a aquellos que transmitan con retraso al sistema SEFAZ/VIRTUAL, la factura del consumidor Electrónica (NFC-E), modelo 65, emitida en contingencia.

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